Características
a) Las prácticas extracurriculares en la UAL tendrán una dedicación de 5 horas diarias.
b) La duración mínima será de dos meses pudiendo ser prorrogada hasta un período máximo de seis meses.
Dotación de las becas
La dotación de las becas será de 400€ brutos mensuales, que serán transferidos a la cuenta que el/la becario/a indique en el documento de aceptación. Cualquier modificación de estas cantidades deberá ser autorizada por la Gerencia de la Universidad de Almería. Dicha dotación tendrá carácter de ayuda económica. Se le practicarán las correspondientes retenciones de IRPF y Seguridad Social.
Derechos y deberes
Derechos del becario/a
Son derechos de los beneficiarios/as de una prácticas extracurricular en la UAL los siguientes:
a. Percibir la ayuda económica que corresponda a la práctica en la forma establecida en cada convocatoria. Tal ayuda no tendrá en ningún caso naturaleza de salario.
b. Obtener de la Universidad de Almería, a través del órgano solicitante donde desarrolle la práctica, la colaboración y apoyo necesarios para el desarrollo normal de la tarea encomendada, así como para el ejercicio de su actividad académica.
c. Disponer de un plan de formación, así como de un tutor que lo dirija y oriente en la tareas encomendadas.
d. Obtener de la Universidad de Almería, una vez finalizado el período de la práctica, una acreditación de la realización de la misma, emitido por el SUE, que contendrá las tareas recogidas en la convocatoria.
e. Estar asegurados/as, para la cual la Universidad suscribirá una póliza de responsabilidad civil y accidentes.
f. Ausentarse de las tareas de la beca los días que deban realizar exámenes oficiales de la titulación, que le ha habilitado para la consecución de la beca
g. A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia.
h. A recibir, por parte de la Universidad de Almería, información de la Normativa de Seguridad y Prevención de Riesgos Laborales.
i. A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las becas en igualdad de condiciones.
j. A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las becas de formación, con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.
Deberes
Son deberes de los beneficiarios/as de las prácticas extracurriculares en la UAL los siguientes:
a. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en la respectiva convocatoria.
b. Realizar las actividades contempladas en la convocatoria de la beca, que deberá ser aprobada por la Gerencia de la Universidad de Almería, a propuesta del órgano donde se desarrolle la beca.
c. Cumplir con los objetivos de la beca y con las directrices establecidas por el tutor.
d. Respetar el presente Reglamento y demás normativas que le sean de aplicación.
e. Cumplir las normas de autoprotección y prevención de riesgos.
f. Cumplir la normativa vigente en materia de Protección de Datos, manteniendo absoluta reserva sobre la información y documentos a los que pueda acceder en el desempeño de su tarea.
g. Elaboración de una memoria final de la Beca, que deberá recoger entre otros los siguientes aspectos:
- Datos personales del/la estudiante.
- Órgano solicitante donde ha realizado la beca y lugar de ubicación.
- Descripción concreta y detallada de las tareas desarrolladas y valoración de las mismas, con los conocimientos y competencias adquirida en relación con los estudios universitarios.
- Evaluación de la beca y sugerencias de mejora.
Destinatarios
a. Podrán solicitar prácticas extracurriculares en la UAL los/las estudiantes de la Universidad de
Almería matriculados/as en las enseñanzas de grado, máster o en primer y segundo ciclo de las titulaciones aún vigentes, siempre y cuando tengan superada al menos el 50% de la carga lectiva.
b. Los titulados/as de la Universidad de Almería que en el momento de la
convocatoria se encuentren matriculados en estudios oficiales de postgrado. En el caso de que el perfil demandado no corresponda a ninguna titulación de las que oficialmente se imparte en la Universidad de Almería, podrán concurrir aspirantes de cualquier Universidad española.
c. Los beneficiarios no podrán exceder de 30 años, siguiendo las directrices del Decreto 83/1999, de 6 de abril, sobre iniciativas de futuro para jóvenes andaluces.
Este requisito deberán cumplirlo los beneficiarios en el momento de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, no siendo causa de pérdida de la beca ya
adjudicada su incumplimiento durante el periodo establecido en la convocatoria.
No se podrá realizar prórroga a los que hayan cumplido los 30 años durante la
vigencia de la Beca.
d. No podrán ser beneficiarios/as aquellos/as que lo hayan sido por un tiempo máximo de un año, indistintamente de que la práctica la haya realizado
en uno o más periodos o en órganos solicitantes diferentes.