Información acceso mayores 40
Convocatoria |
RESOLUCIÓN del Rector de la Universidad de Almería (Normativa) |
Plazo |
Del 25 de noviembre al 18 de diciembre de 2024. |
Destinatarios |
Personas que tengan cumplidos los cuarenta años o los cumplan en el año natural en que participan en este procedimiento de acceso y que no tengan acceso a la universidad por otra vía.
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Requisitos |
- No poseer otros requisitos que habiliten para acceder a los estudios que desean cursar. A estos efectos, podrán volver a solicitar una nueva valoración, quienes con anterioridad participaron en este procedimiento.
- Poseer experiencia laboral y/o profesional, que deberá acreditarse a través del procedimiento recogido en la Resolución de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía.
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Contenido |
El procedimiento consta de dos fases: Valoración de la experiencia y entrevista.
- Valoración de la experiencia
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La valoración de la experiencia profesional y laboral se realiza teniendo en cuenta los siguientes apartados:
Se considera superada esta fase para una titulación determinada cuando el solicitante obtenga una puntuación mayor o igual a cinco puntos como suma de todas las puntuaciones de la familia relacionadas con dicha titulación, expresada con 3 cifras decimales exactas.
Entrevista
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Quienes hayan superado la fase de valoración deberán superar una entrevista, cuyo resultado será de APTO o NO APTO.
Quienes hayan superado las fases descritas anteriormente obtendrán una credencial en la que figurará además de la convocatoria, la puntuación de la fase de la valoración de la experiencia y de las familias de enseñanzas a las que puede acceder.
+Info.: Procedimiento acceso para mayores de 40 años
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Inscripción |
Impreso de solicitud |
Documentación |
Acreditativa de la experiencia laboral o profesional
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina, o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, o equivalente en el caso de organismos extranjeros donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación. La valoración se realizará por años y meses. A estos efectos los días residuales darán derecho a un mes adicional cuando sean mayor de 15. En todo caso, no se tendrá en cuenta la experiencia laboral y/o profesional más allá de la finalización del plazo ordinario de presentación de solicitudes.
- Los respectivos contratos de trabajo y prórroga de los mismos, si procede, que acrediten la experiencia laboral del candidato o, en su caso, nombramiento de la Administración correspondiente (originales y copias).
- Las personas interesadas, con experiencia como profesionales autónomos o por cuenta propia deberán aportar Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
- En su caso, certificado en el que se acredite el desempeño de puestos de representación política, o delegación sindical de nivel, al menos, provincial. A estos efectos, tendrán consideración de experiencia en la Familia Profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad con nivel 3.
*Salvo que autorice expresamente en la solicitud de matrícula a la Universidad a que haga una consulta telemática de estos datos.
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