No se permitirá la baja parcial de forma individual de las asignaturas añadidas según este supuesto

 

Normativa aplicable

Resolución de la Universidad de Almería sobre Matrícula Oficial en estudios de Grado y Máster para el Curso 2024-25 (art. 32)

¿En qué consiste este tipo de matrícula?

La Normativa de Permanencia de la Universidad de Almería establece en 78 créditos el límite máximo anual de matriculación. No obstante, si se dan las siguientes circunstancias, los estudiantes pueden solicitar autorización para superar ese límite:

a) Que tengan sobredotación intelectual y/o altas capacidades reconocidas oficialmente.

b) Que quieran finalizar estudios este curso:

En este supuesto, los alumnos podrán superar los 78 créditos sin necesidad de resolución previa siempre que matriculen todos los créditos necesarios para finalizar estudios (ver información de matrícula en finalización)

c) Exclusivamente para el segundo cuatrimestre: que hayan matriculado 78 créditos a principio de curso y haya superado el 100% de los créditos correspondientes al primer cuatrimestre:

Los estudiantes podrán solicitar autorización según este supuesto exclusivamente cuando todas las calificaciones del primer cuatrimestre estén incorporadas a su expediente académico.

d) Que el Rector lo autorice cuando se den circunstancias excepcionales.

Los estudiantes que se matriculen en dobles títulos en la modalidad a tiempo completo, podrán hacerlo hasta en 96 créditos sin que sea necesario autorización expresa.

¿Qué plazo tengo para solicitarla?

Si estás en los casos a), b) y c) estás obligado a presentar la solicitud dentro del plazo oficial de matrícula según tu tipo de estudio (Grado o Máster).

También podrás presentarla dentro del periodo de ampliación del 2º cuatrimestre, siempre que existan plazas vacantes en las asignaturas solicitadas.

¿Quién la concede?

  • Para estudiantes de Grado, la Vicerrectora de Grados e Innovación Docente.
  • Para estudiantes de Máster, el Vicerrector de Postgrado y Relaciones Institucionales.