Acciones de Transferencia Innovadoras

Se trata de promover que las personas investigadoras y las empresas interesadas en llevar a cabo I+D+i, diseñen de manera conjunta y ejecuten Acciones de Transferencia Innovadoras.

La empresa podrá sopesar cuales son los recursos y la planificación temporal necesarios para llevar a cabo estas Acciones de Transferencia Innovadoras, y contará con ayuda económica de la UAL para su ejecución.

En el caso particular de las Acciones de Transferencia Innovadoras Consolidadas, cuyo objetivo se centra en consolidar el contrato establecido con la empresa o entidad, se tendrán en cuenta los siguientes requisitos:  

  1. La aportación de la empresa y universidad será la inversa de la modalidad clásica.  
  2. Debe realizarse un compromiso de acudir a una convocatoria de proyectos autonómicos, nacionales o europeos conjuntamente


Formularios de solicitud

Objetivos

  • Se pretende promover la ejecución de acciones de I+D+i en empresas para que contribuyan al avance tecnológico con especial atención a los siguientes sectores económicos: industria agroalimentaria, turismo, energía, medio ambiente, tecnología de la producción y recursos hídricos. Además, se busca impulsar el trabajo colaborativo entre los/las investigadores/as de la UAL el sector productivo.  
  • Como novedad en el PPIT2024-2025, se incorporan las Acciones de Transferencia Consolidadas, con el objeto de consolidar aquellas líneas de investigación establecidas con entidades, en ediciones de UAL-Transfiere anteriores, para seguir avanzando en dicha investigación con el fin de participar en futuras convocatorias de transferencia externas a la UAL.  

Ayudas

La UAL financiará hasta 9 Acciones de Transferencia Innovadoras de, al menos, 22.500 euros de coste total. La contribución de la empresa se realizará suscribiendo un contrato artículo 60 de la LOSU. La UAL no detraerá el 15% de los costes indirectos.

La UAL transferirá a la firma del contrato artículo 60 LOSU y una vez que la empresa/entidad haya realizado el primer pago, el 100% de la ayuda (13.500,00 euros) al centro de gastos que se habilite para la ejecución de las Acciones de Transferencia Innovadoras.

La empresa/entidad abonará a la UAL 9.000,00 euros a la firma del contrato artículo 60. Si la empresa/entidad hace aportación adicional, esta cantidad se podrá abonar a la firma del contrato o a los 6 meses de la firma del contrato artículo 60.

Para las Acciones de Transferencia Innovadoras Consolidadas la aportación de la UAL será de 9.000,00 euros y la de la empresa/entidad, al menos, de 13.500,00 euros. 

No se podrá imputar gastos derivados de la contratación de servicios ni el suministro de bienes que provengan de la empresa que participa en la Acción. No se podrán realizar remuneraciones de personal investigador. No se podrán realizar transferencias del centro de gastos habilitados a otros centros de gastos diferentes


Criterios para la concesión

La Comisión de Investigación realizará la propuesta de resolución atendiendo a los siguientes criterios:  

  • Apartado A. Participación en anteriores UAL-TransfierE (de 0 a 6 puntos).  
  • Apartado B. Colaboración UAL-Empresa (de 0 a 4 puntos).  
  • Apartado C. Domicilio social, sede o local de negocio (de 0 a 5 puntos). 
  • Apartado D. Cofinanciación de las Acciones de Transferencia Innovadoras por parte de la empresa superior al mínimo establecido en la convocatoria (1 punto/1 k€).
  • Apartado E. Memoria de investigación e innovación de la propuesta (apto/no apto).

En el caso de las Acciones de Transferencia Innovadoras Consolidadas no será de aplicación el Apartado A de los criterios de valoración.

Para que la acción sea financiable, es condición indispensable tener apto en la valoración de la memoria.  


Justificación

  1. En el plazo de un mes desde la finalización del periodo de ejecución, se presentará informe final científico-técnico en el modelo que se determine por la Universidad de Almería, que deberá ser firmado por el/la IP de la acción, en el que como mínimo se detallarán el desarrollo de las actividades, cumplimiento de los objetivos propuestos en la actuación, así como el impacto de los resultados obtenidos evidenciados, entre otros, mediante la difusión de resultados en publicaciones, revistas científicas, libros y presentaciones en congresos, las acciones de transferencia, patentes, internacionalización de las actividades, colaboraciones con grupos nacionales e internacionales. Se incluirá un resumen de la justificación económica.
  2. Los documentos acreditativos de la justificación deberán ser cumplimentados de acuerdo con los modelos e instrucciones de justificación que se dicten al respecto. Aquellos que deban presentarse, se hará a través del Registro de la Universidad de Almería.