Criterios para la concesión
La Comisión de Investigación realizará la propuesta de resolución atendiendo a los siguientes criterios:
- Apartado A. Valoración de la empresa (de 0 a 20 puntos).
- Apartado B. Valoración del Plan de Tesis (de 0 a 10 puntos).
La Comisión de Investigación podrá proponer la concesión de hasta tres ayudas, considerando que no haya solapamiento de actividades de transferencia financiadas en otras modalidades de este programa.
Para que la acción sea financiable, es condición indispensable tener, al menos, 5 puntos en la valoración del plan de tesis.
Esta ayuda es incompatible con el disfrute de una Acción de Transferencia Innovadora o Social Innovadora del PPIT.
El reparto de ayudas se realizará en 3 fases:
- Fase 1: concesión de ayudas para las solicitudes vinculadas a empresas que no participen en alguna Acción de Transferencia para la Mención Industrial en ejecución. En esta fase solo se podrá asignar 1 ayuda por empresa. Al finalizar esta fase no podrán existir empresas con más de una acción (entre las ya vigentes y las de nueva concesión).
- Fase 2: concesión de ayudas para las solicitudes vinculadas a empresas que participen en una Acción de Transferencia para la Mención Industrial en ejecución o hayan sido beneficiarias en la Fase 1. En esta fase solo se podrá asignar 1 ayuda por empresa. Al finalizar esta fase no podrán existir empresas con más de dos acciones (entre las ya vigentes y las de nueva concesión).
- Fase 3: concesión de ayudas para las solicitudes vinculadas a empresas que participen en dos Acciones de Transferencia para la Mención Industrial en ejecución o hayan sido beneficiarias en la Fase 2. En esta fase solo se podrá asignar 1 ayuda por empresa. Al finalizar esta fase no podrán existir empresas con más de tres acciones (entre las ya vigentes y las de nueva concesión).
Justificación y seguimiento
En el plazo de un mes desde la finalización de cada anualidad del periodo de ejecución de las Acciones de Transferencia para la Mención Industrial, el/la investigador/a principal presentará en impreso normalizado una breve memoria científico-técnica indicando los resultados alcanzados, en la que se incluirá un resumen con la justificación económica.
La aportación de la UAL se mantendrá siempre y cuando se cuenten con informes anuales favorables por parte de la Escuela Internacional de Doctorado de la UAL, en los que se haga constar que las actividades relativas al doctorado con mención industrial se están realizando correctamente.
La Acción de Transferencia para la Mención Industrial finalizará de manera anticipada si la persona en formación doctoral defiende la tesis antes de la fecha fin de ejecución de la acción.
La Acción de Transferencia para la Mención Industrial se cancelará en el momento en el que la persona en formación doctoral pierda su vinculación laboral con la empresa.