Funciones
Son funciones de la Junta de Facultad :
- Aprobar la memoria anual, la propuesta de presupuesto que presentará el Decano o Director y la rendición de cuentas de la aplicación de dicho presupuesto que realizará éste al final de cada ejercicio.
- Participar en la elaboración de propuestas de creación de nuevas titulaciones o de supresión de enseñanzas regladas y en la elaboración o modificación de los planes de estudios, así como elevar estas propuestas al Consejo de Gobierno para su aprobación.
- Establecer los criterios básicos para la organización y coordinación de las actividades docentes de la Facultad o Escuela.
- Colaborar en la organización de actividades de los programas de movilidad de estudiantes.
- Proponer al Consejo de Gobierno los límites de admisión de estudiantes a las enseñanzas impartidas en el centro.
- Elaborar su reglamento de régimen interno, que deberá ser aprobado por el Consejo de Gobierno.
- Aprobar las líneas generales de actuación del centro, en el marco de la programación general de la Universidad, impulsando y favoreciendo cuantas actividades contemplen los artículos 4 y 5 de estos Estatutos.
- Convocar elecciones a Decano o Director por acuerdo adoptado por mayoría de dos tercios de los de los miembros de la junta de centro y a iniciativa de al menos un tercio de ellos. Aprobada la iniciativa se procederá a la convocatoria de elecciones en la forma y plazo que se determinen en el reglamento electoral que desarrolla los presentes Estatutos.
- Participar en los procedimientos de evaluación, certificación y acreditación de calidad de la Universidad que afecten las actividades del centro y adoptar, en su caso, cuantas medidas sean pertinentes, para llevar a cabo el plan de mejora propuesto dentro del ámbito de sus competencias.
- Ejercer las funciones adecuadas al cumplimiento de sus fines, así como cualquier otra que le sea atribuida por los presentes Estatutos y las restantes normas aplicables.