Para los alumnos que soliciten acceso procedentes del Máster en BIOTECNOLOGÍA INDUSTRIAL Y AGROALIMENTARIA por la Universidad de Almería, en su orientación profesional, y procedentes de másteres universitarios diferentes de éste, se establecen complementos de formación para su admisión en función de la titulación, formación de postgrado y formación investigadora del alumnado (determinada en base a su curriculum) y en función a los requisitos específicos de los itinerarios de investigación y líneas de investigación que constituyan el periodo de investigación del programa de doctorado.
Se contemplará la obligación de que el alumnado supere una o más materias específicas contenidas preferentemente en el periodo de formación del programa de doctorado (Máster en BIOTECNOLOGÍA INDUSTRIAL Y AGROALIMENTARIA por la UAL) en base al perfil de acceso que tenga cada solicitante. Se establecen 6 perfiles de acceso con los complementos a cursar en cada caso:
Acceso desde:
Máster Oficial en BIOTECNOLOGÍA INDUSTRIAL Y AGROALIMENTARIA Orientación Investigadora.
Sin complementos (acceso directo).
Máster Oficial en BIOTECNOLOGÍA INDUSTRIAL Y AGROALIMENTARIA Orientación Profesional.
Con complementos 15 ECTS
Máster Oficial en disciplinas afines a la BIOTECNOLOGIA INDUSTRIAL Y BIOPROCESOS Con Formación Investigadora.
Con complementos 6-15 ECTS.
Mínimo 3 ECTS- máximo 9 ECTS del Módulo Obligatorio del Itinerario I:
- 70982201. Bioseparaciones (6 ECTS).
- 70982202. Diseño e implementación de Bioprocesos (6 ECTS).
- 70982203. Biorreacción (3 ECTS).
- 70982204. Validación y Control de Calidad de Bioprocesos (3 ECTS).
Mínimo 3 ECTS - máximo 6 ECTS del Módulo Optativo del Itinerario I:
- 70982213. Ingeniería Avanzada de Bioprocesos (3 ECTS).
- 70982214. Fármacos y Bioproductos de Origen Marino (3 ECTS).
- 70982215. Tratamiento de Contaminantes Tóxicos y Recalcitrantes (3 ECTS).
- 70982216. Biotecnología de Microalgas (3 ECTS).
- 70982217. Lípidos de interés Industrial (3 ECTS).
- 70982218. Biotecnología de Células Animales (3 ECTS).
Máster Oficial en disciplinas afines a la BIOTECNOLOGIA INDUSTRIAL Y BIOPROCESOS.
Sin Formación Investigadora. Con Complementos.
El mismo requisito anterior (6-15 ECTS) + 15 ECTS del Trabajo Fin de Máster iniciación a la investigación.
Máster Oficial en disciplinas afines a la BIOTECNOLOGIA AGROALIMENTARIA.
Con Formación investigadora 6-15 ECTS.Mínimo 3 ECTS - máximo 9 ECTS del Módulo Obligatorio del Itinerario II:
- 70982205. Seguridad e Innovación en el Control de Calidad Agroalimentaria (3 ECTS).
- 70982206. Biotecnología de Alimentos (6 ECTS).
- 70982207. Biotecnología Agraria: Fundamentos y Aplicaciones (9 ECTS).
Mínimo 3 ECTS-máximo 6 ECTS del Módulo Optativo del Itinerario II:
- 70982208. Cultivos in Vitro y Transformación Genética de Plantas (3 ECTS).
- 70982209. Biotecnología de Subproductos y Residuos (3 ECTS).
- 70982210. Tecnología de Semillas y Marcadores de ADN (3 ECTS).
- 70982211. OMGs y Alimentos Transgénicos (3 ECTS).
- 70982212. Nutrición y Modelización Digestiva (3 ECTS).
Máster Oficial en disciplinas afines a la BIOTECNOLOGIA AGROALIMENTARIA
Sin Formación investigadora. Con complementos El mismo requisito anterior (6-15 E ECTS) + 15 ECTS del Trabajo Fin de Máster iniciación a la investigación.
La Comisión Académica del programa de doctorado será la encargada de concretar los complementos de formación de cada alumno/a de acuerdo a las especificaciones dadas en los apartados anteriores.
La Comisión Académica podrá reconocer o convalidar, de forma motivada, los complementos de formación previstos de acuerdo al perfil de acceso, en razón de la formación acreditada por el alumno/a.
Estos complementos de formación deberán superarse por el estudiante preferentemente, durante el primer curso de su matrícula en el periodo de investigación (Tutela Académica de la Tesis de Doctorado) y, en todo caso, antes de la finalización de estudios.
Igualmente, si por limitaciones de tipo académico no fuese posible cursar las asignaturas propuestas dentro del Máster en BIOTECNOLOGÍA INDUSTRIAL Y AGROALIMENTARIA actualmente impartido en la UAL, la Comisión Académica, en razón de la formación acreditada y a los requisitos específicos del itinerario y línea de investigación seleccionados por el alumno/a podrá diseñar y proponer un periodo formativo que otorgue competencias análogas o equivalentes utilizando como base la oferta formativa existente en la UAL.