Todos los estudiantes admitidos a estos estudios de doctorado dentro del apartados b) anterior, deberán cursar los complementos de formación que se indican a continuación, a no ser que los acrediten previamente. Los complementos de formación tendrán su origen en los títulos de máster de la UAL que dan acceso directo al doctorado (Máster de Investigación en Medicina y Ciencias de la Salud y Máster en Ciencias de la Sexología).
Todo ello para garantizar que los estudiantes tienen las capacidades y conocimientos previos exigidos por el Programa, que les permitan dominar las temáticas relacionadas con la metodología de trabajo, teoría y contenidos de las Ciencias Sanitarias. Se prevé que los citados complementos tengan una extensión máxima de 24 ECTS. De entre los siguientes:
Complementos formativos y asignaturas donde puede cursarse
Conocimientos y competencias en Metodología de la Investigación.
- 70702107. Epidemiología y Metodología de Investigación (3 ECTS).
- 70702108. Estadística Aplicada a las Ciencias de la Salud. Análisis Multivariante (6 ECTS).
- 70702109. Desarrollo y Validación de Test. Análisis Multinivel (3 ECTS).
- 70702110. El laboratorio aplicado a Ciencias de la Salud (3 ECTS).
Conocimientos en Sexología.
- 70753208. Asesoramiento Sexológico/Counsuling (6 ECTS).
- 70754211. Avances de Investigación en Clínica Sexológica (6 ECTS).
- 70753206. Avances de Investigación en Educación Sexual Especializada (6 ECTS).
- 70751101. Bases Socioculturales de la Sexología (6 ECTS).
- 70755401. Trabajo Fin de Máster (12 ECTS).
- 70754212. Avances de Investigación en el Tratamiento de los Problemas Sexuales Individuales y de Pareja (6 ECTS).
Aquellos estudiantes que puedan acreditar total o parcialmente haber superado los complementos formativos anteriores, podrán solicitar el reconocimiento de los mismos a la Comisión Académica del Título.
En el supuesto de modificación o supresión en los títulos de origen que ofertan los Complementos Formativos referenciados en este apartado, la Universidad de Almería, a propuesta de la Comisión Académica del Título, aprobará la sustitución de los mismos, por otros que otorguen competencias análogas o equivalentes.
La temporalización de los complementos de formación recogidos en el apartado 3 de la memoria y que los estudiantes, en su caso, deberán cursar viene definida por las memorias públicas de los másteres oficiales que dan origen a los mismos y pueden ser consultada en la página web de la UAL https://www.ual.es/estudios/masteres