El Consejo de Departamento estará constituido por el Director, que lo presidirá, el Secretario y por:
- Todos los doctores del Departamento, además del profesorado adscrito al Departamento a tiempo completo.
- Una representación de los demás miembros del personal docente e investigador, equivalente al veinticinco por ciento, redondeado por exceso, del número de los miembros referidos en el apartado anterior, siempre que haya suficiente número.
- Una representación de los estudiantes matriculados en titulaciones o programas en los que el Departamento desarrolle actividad docente, equivalente al treinta y seis por ciento del número total de miembros del Consejo a que se refieren en el primer y segundo apartado. El porcentaje de participación de los estudiantes de doctorado será del veinticinco por ciento del número de estudiantes.
- Una representación del personal de administración y servicios equivalente a un cinco por ciento, del primer apartado, elegido por y entre los adscritos al Departamento, siempre que haya suficiente número.
- Una representación de becarios de investigación equivalente al cinco por ciento del primer apartado, siempre que haya suficiente número.
Consejo de departamento
Miembros del Consejo de Departamento