El Consejo de Departamento podrá establecer, atendiendo a las normas de este Reglamento, las comisiones delegadas que estime convenientes, sean o no permanentes, para el estudio, asesoramiento y propuesta de soluciones en temas concretos. El acuerdo de creación de estas comisiones especificará su finalidad, composición y normas de funcionamiento. El Consejo de Departamento designará a los miembros de sus comisiones y establecerá el procedimiento para su designación.

Miembros