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Gestión Económica de Tribunales de Tesis

Presupuesto Universidad de Almería

Artículo 89. De las Comisiones de Servicio y Bolsas de Viaje

  1. El personal de la Universidad de Almería que realice una Comisión de Servicios con derecho a devengar la correspondiente indemnización, deberá de tramitar en el Servicio de Gestión Económica el impreso de justificación de gastos realizados en comisión de servicios junto con las correspondientes facturas. A este impreso se acompañará el de Autorización de Comisión de Servicios firmado por el Rector en el caso del PDI o por la Gerente en el caso del PAS, o personas en que éstos deleguen.
  2. En consecuencia, una vez realizado el viaje, la liquidación de esta indemnización será automática, dando derecho a devengar las cantidades que para alojamiento, desplazamiento y manutención están previstas en el artículo 46 de esta Normativa.
  3. No obstante lo anterior, la cantidad a indemnizar en concepto de alojamiento será el importe que se justifique, con el límite máximo establecido para cada grupo en que se clasifican las referidas indemnizaciones.
  4. Una vez autorizada una comisión de servicios y antes de su inicio, se podrá solicitar el abono anticipado del 80% de la misma. Dicho anticipo deberá de ser justificado en el plazo máximo de 10 días a partir de la finalización del viaje. En caso de no ser así, se deducirán las cantidades entregadas a cuenta de la nómina del mes, ya que la firma del citado anticipo implicará la conformidad de ello.
  5. Al personal que no tenga relación laboral con esta Universidad, se le liquidarán derechos económicos por los desplazamientos que realice mediante bolsa de viaje. En este caso, no es posible solicitar anticipo del mismo, salvo autorización de la Gerente.
  6. En el caso de Tribunales y Comisiones, esta Universidad procurará que el pago de éstos se haga de la forma más ágil y eficaz, para lo cual el Secretario de la Comisión deberá ponerse en contacto con el Servicio de Gestión Económica. Para los Tribunales de tesis doctorales, se  abonarán como máximo dos dietas con cargo al Centro de Gasto de Tesis, salvo casos debidamente justificados autorizados por la Gerente. En las oposiciones y concursos del personal de la Universidad el número de asistencias a percibir por cada miembro del tribunal será de una por día y tres como máximo. La Gerencia podrá autorizar un número superior de asistencias por tribunal cuando concurran circunstancias debidamente justificadas como el elevado número de opositores o criterios similares.
  7. Las indemnizaciones devengadas en concepto de kilometraje en viajes fuera de España deberán venir acompañadas de facturas de hotel en la ciudad de destino o de una factura en alguna estación de servicio de la ciudad de destino. A las dietas por viajes al extranjero se le deberá adjuntar la tarjeta de embarque, en el caso de viajar por avión.
  8. Las indemnizaciones devengadas en concepto de kilometraje dentro del territorio nacional que superen los mil kilómetros, deberán venir acompañadas de facturas de hotel en la ciudad de destino, de restauración o de una factura en alguna estación de servicio de la ciudad de destino.
  9. Toda la documentación se presentará sin enmiendas ni tachaduras.

 

Resolución de la Gerencia de 8 de enero de 2016 sobre indemnizaciones a miembros de tribunales de tesis a través del centro de gastos 122981

Sin perjuicio de lo establecido en las bases de ejecución del Presupuesto del 2016, se financiará a través de citado centro de gastos como máximo a dos miembros del tribunal que se desplacen desde otras universidades.

La cuantía máxima para atender los gastos generados durante el año 2016 por las defensas de las tesis doctorales  a través del centro de gastos 122981 “TRIBUNALES TESIS DOCTORALES” se adecuará a los siguientes importes:

  • Fijar en 450 € el importe máximo para atender todos los gastos (desplazamientos, dietas, asistencias) de cada miembro del tribunal de tesis doctoral.
  • La cuantía señalada para uno de los miembros podrá alcanzar hasta los 900 € en el caso de que la tesis fuera a optar a la mención de doctorado internacional.
  • Para proceder a su pago, habrá que presentarse a la Escuela Internacional de Doctorado para su visto bueno, un único informe justificativo por tesis doctoral, en el que se haga constar:
  • Datos sobre: Tesis defendida, persona que la defendió, miembros del tribunal y su procedencia, hora de defensa de la tesis doctoral y si se opta o no por la mención de doctorado internacional.
  • Total de Facturas y demás justificantes de cada uno de los miembros que son susceptibles de financiar mediante este centro de gastos.

 

Procedimiento General de Gestión de Quejas/Reclamaciones y Sugerencias

El Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 28 de septiembre de 2016, aprobó el nuevo Procedimiento General de Gestión de Quejas/Reclamaciones y Sugerencias.


Dicho procedimiento, de carácter universal para toda la comunidad universitaria, incorpora una serie de modificaciones con respecto al anterior, con el fin de agilizar y hacer más eficiente el proceso de trámite de las quejas/reclamaciones y sugerencias tanto de índole académica como administrativa.

Entre las ventajas del nuevo procedimiento cabe mencionar las siguientes:

Eliminación del formulario en papel para la presentación de Quejas/Reclamaciones o Sugerencias.

Creación de una Tabla de Asignaciones que identifica a la unidad o persona responsable de ofrecer la respuesta y permite un seguimiento de la Q/R y S hasta su cierre, asegurando una gestión más eficiente.

Reducción del plazo de respuesta al usuario de la queja o sugerencia de 20 días hábiles a 15 días hábiles.

Creación de un formulario online para la presentación, en su caso, de quejas o sugerencias exclusivamente para empresas, entidades y usuarios externos a la Universidad de Almería que no posean claves de acceso a Campus Virtual (web del enlace a "Consultas, sugerencias y quejas").

Impulso de la Inspección de Servicios como último órgano garante de respuesta al usuario en las quejas, y del Defensor Universitario en el caso de sugerencias.

En el siguiente enlace web se puede consultar el texto completo del documento

 

Uso del Servicio de Correos de la UAL

El servicio de Cartería de la UAL es el encargado del envio postal a través de Correos.

Para hacer uso de este servicio solo es necesario dejar la correspondencia en la conserjería del edificio indicando que es para salida de correo. Desde conserjería lo envian al edificio central y allí se entrega al servicio de cartería.

También se puede entregar directamente en el servicio de cartería situado en:

Edificio Central. despacho 0.29.0 Planta baja ala derecha de 9:00 a 14:00 horas. Tel. 950 01 57 54

En administración del Departamento se dispone de sobres con membrete del Departamento, sobres reforzados para envio de documentación y acolchados para envio de libros, dvds, etc.

Es necesario indicar en el sobre el nombre y dirección completa del destinatario, nombre y dirección completa del remitente y es conveniente indicar el centro de gasto al que se desea realizar el cargo por el envío. Si se desea enviar por correo certificado con o sin acuse de recibo o correo urgente tambien se puede indicar en el propio sobre escribiéndolo en una esquina.

Según resolución de Gerencia de 10 de abril de 2015:

Han sido muchas las consultas recibidas en la Sección de Gestión de Espacios y Servicios Comunes y en el Área de Cartería de la Ual, por Departamentos, Centros, Grupos de Investigación, Proyectos, etc., solicitando información sobre que usuario o usuarios  estaban realizando el gasto en las distintas modalidades de envíos postales.

Dentro de la mejora continua de los Servicios, se ha solicitado al STIC una actualización de la web de gestión de envío de correos postales para poder identificar a los usuarios remitentes de los envíos postales, actualización que ya tienen los compañeros del Área de Cartería disponible.

Por tanto, para ofrecer la solución al problema que nos plantean los usuarios, se informa a los Apoyos a Departamentos, Centros, resto de Unidades Administrativas con centro de gasto propio y al PDI, que todos los envíos postales que se realicen a partir del próximo 1 de MAYO, deberán contener también el nombre del REMITENTE en la parte de atrás del sobre, o en una esquina del paquete, o por cualquier otro medio que permita identificar al emisor. Todos los envíos postales que no cumplan este requisito serán devueltos a partir de esta fecha.

La Gerencia