4.- Derecho a la Supresión y Olvido
Derecho de Supresión: derecho del interesado a solicitar la supresión de sus datos, sin perjuicio del deber de bloqueo.
El Derecho a la Supresión no está considerado un derecho autónomo o diferenciado de los derechos ARCOLP, sino es la consecuencia de la aplicación del derecho al borrado. Es una manifestación de los derechos de cancelación u oposición en el entorno on-line (Art. 17 RGPD). El responsable del tratamiento tendrá la obligación de borrar los datos personales sin demora injustificada cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- Los datos ya no son necesarios en relación con los fines para los que fueron recogidos o tratados.
- El interesado ha retirado el consentimiento en que se basa el tratamiento y no exista otro fundamento jurídico para el tratamiento de los datos.
- El interesado se oponga al tratamiento de datos personales y no prevalezca otro motivo legítimo para el tratamiento.
- Los datos han sido tratados ilícitamente.
- Los datos deban suprimirse para el cumplimiento de una obligación legal de la Unión o Estados miembros, a la que esté sujeto el responsable del tratamiento.
- Los datos han sido recogidos en relación con la oferta de servicios de la sociedad de la información y no prevalezcan otros motivos legítimos para el tratamiento.
Derecho al Olvido: cuando el responsable del tratamiento haya hecho públicos los datos personales y esté obligado a suprimir dichos datos, teniendo en cuenta la tecnología disponible y el coste de su aplicación, adoptará medidas razonables, incluidas medidas técnicas, con miras a informar a los responsables que traten los datos de que el interesado les solicita que supriman cualquier enlace a esos datos personales, o cualquier copia o réplica de los mismos.
No es necesario que el interesado sufra un perjuicio para que ejerza el derecho al olvido.
Limitaciones en la supresión de datos: el derecho a la supresión (u olvido) no será de aplicación, si el tratamiento de los datos personales es necesario:
- Para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión e información
- Para el cumplimiento de una obligación legal que requiera el tratamiento de datos personales impuesta por el Derecho de la Unión o de un Estado miembro a la que esté sujeto el responsable del tratamiento o para el cumplimiento de una misión de interés público o inherente al ejercicio del poder público conferido al responsable del tratamiento
- Por motivos de interés público en el ámbito de la salud pública
- Con fines de archivo en interés público o de investigación científica e histórica, pro-pósitos o fines estadísticos, en la medida en que el derecho de supresión haga imposible o perjudique seriamente la consecución de los objetivos de los fines de archivo en el interés público, o de investigación científica e históricos o los fines estadísticos.
- Para el reconocimiento, ejercicio o defensa de demandas judiciales.
5.- El Derecho de Limitación de tratamiento
Derecho del interesado a obtener del responsable del tratamiento la limitación del tratamiento de los datos personales cuando:
- El interesado impugne la exactitud de los datos, durante un plazo que permita al responsable del tratamiento verificar la exactitud de los mismos.
- El responsable del tratamiento ya no necesite los datos personales para los fines del tratamiento, pero el interesado los necesite para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un procedimiento judicial.
- El interesado se ha opuesto al tratamiento mientras se verifica si los motivos legítimos del responsable del tratamiento prevalecen sobre los del interesado.