Servicio de Gestión de la Contratación Pública
Gestión de los Contratos Administrativos, las Compras Centralizadas, el Patrimonio e Inventario y los Espacios y Servicios Comunes

Bajas, traslados, traspasos, rectificaciones

Bajas

Cuando queremos dar de baja un elemento debemos rellenar el formulario de solicitud que aparece en la dirección https://cvirtual.ual.es/descargas/dirweb/procesos/INIC_1704_FICHABAJA2022Febrero.pdf 

Una vez firmada por el responsable de la unidad orgánica, lo enviamos a la sección de Patrimonio e Inventario vía CAU que se encargarán de avisar al área de Equipamiento para que lo revise y pasar nota a informática para que lo valore en caso de ser material informático.

Este CAU no se cerrará hasta que Inventario tenga la notificación desde Equipamiento de que el material ha sido retirado y, en el caso de bienes informáticos, que el servicio de informática avala esta retirada.

¿Es obligatorio tramitar la baja de un elemento en inventario? 

Sí, es un procedimiento de obligado cumplimiento, tenga la baja carácter definitivo o temporal. 

¿Quién firma la ficha de baja? 

La ficha de baja la firmará electrónicamente el responsable de la unidad organizativa a la que se encuentran adscritos los elementos a dar de baja en el inventario.

Cuando se tramita la baja en inventario, ¿se tiene que realizar alguna actuación para que retiren el material?

No, como regla general, la tramitación de la solicitud de baja en inventario lleva implícita la retirada física del material. 

Baja por venta o enajenación

Para proceder a la enajenación de un elemento de inventario se ofrecerá gratuitamente para poder ser reutilizado por alguna unidad de la Universidad de Almería para la que pudiera resultarle útil para el desarrollo de sus funciones.

La enajenación se iniciará solo en el caso en que ninguna unidad estuviera interesada en el elemento y siempre que existan razones técnicas y económicas por las que la enajenación resulta conveniente para el interés de la Universidad, extremos que deberán justificarse debidamente.

Traslado

En caso de traslado de un bien desde una ubicación a otra, se debe rellenar la solicitud de traslado

https://cvirtual.ual.es/descargas/dirweb/procesos/INIC_1705_FICHATRASLADOTRASPASO2022Febrero.pdf y enviar vía CAU a Inventario firmada por el responsable de la Unidad Tramitadora.

¿Es obligatorio tramitar el traslado de un elemento en inventario de una ubicación a otra? 

Sí, es un procedimiento de obligado cumplimiento cuando el elemento se traslade de un sitio a otro de forma definitiva o temporal.

Cuando se tramita el traslado de un elemento en inventario, ¿se tiene que realizar alguna actuación para que retiren el material?

No, como regla general, la tramitación de la solicitud de traslado en inventario lleva implícita la retirada física y el traslado del material a la nueva ubicación.

Traspasos

Cuando hay un traspaso de la “titularidad” de un bien se debe rellenar la ficha que aparece en el enlace y enviarla a Inventario firmada por el responsable de la unidad donante y la receptora.

https://cvirtual.ual.es/descargas/dirweb/procesos/INIC_1705_FICHATRASLADOTRASPASO2022Febrero.pdf

¿Es obligatorio tramitar el traspaso de un elemento en inventario para que sea utilizado por otra unidad organizativa? 

Sí, es un procedimiento de obligado cumplimiento cuando el elemento vaya a ser usado por una unidad organizativa distinta a la registrada en inventario como responsable del elemento. 

El traspaso de bienes constituye el cambio de adscripción de una unidad organizativa a otra e implica, por tanto, un cambio del responsable de los mismos.

¿Se puede tramitar el traspaso de un elemento para que sea utilizado por otra unidad organizativa junto a su traslado de ubicación? 

Si, se utiliza la misma solicitud tanto para el traspaso como para el traslado del material.

¿Quién firma la ficha de traslado/traspaso? 

En todo caso, todos los elementos indicados en la ficha de traslado/traspaso deben estar en inventario adscritos a la misma unidad organizativa, que se indicará en el campo “Dependencia Organizativa Transferente” y su responsable firmará electrónicamente la solicitud.

Además, si en la ficha de traslado/traspaso se solicita traspasar de una unidad organizativa a otra algún elemento de los indicados en la ficha (la casilla de verificación de Traspaso se encuentra marcada para algún elemento), se indicará ésta en el campo “Dependencia Organizativa Receptora” y su responsable firmará también electrónicamente la solicitud.

Rectificación de datos

En caso de rectificación de datos la solicitud a rellenar será la siguiente:
https://cvirtual.ual.es/descargas/dirweb/procesos/INIC_1706_FICHARECTIFICACION2022Febrero.pdf 

En este caso habrá que rellenar los datos del tramitador y en la parte de los datos del bien inventariado, únicamente el campo correspondiente a la rectificación.

 

Renovación ¿Cómo se inventaría la renovación de un elemento inventariado?

Una renovación siempre lleva consigo una sustitución que puede afectar a la totalidad de un elemento ya inventariado o a una parte considerable del mismo. Se tramitará:

  • La baja del elemento sustituido. Si la renovación afecta a una parte considerable del elemento, se indicará en la ficha de baja las piezas que serán retiradas por equipamiento.
  • El alta en inventario de un nuevo elemento por el importe de las renovaciones efectuadas de acuerdo con su precio de adquisición.